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La Audiencia Provincial de Madrid Ordena a 'El Mundo' Corregir la Información sobre el Salario de Silvia Intxaurrondo en RTVE

by Shirley Chen

La Audiencia Provincial de Madrid ha fallado en contra del periódico El Mundo, instruyéndole a enmendar su informe sobre el salario de Silvia Intxaurrondo en RTVE. En una decisión fechada el 9 de mayo y comunicada el pasado jueves, la octava sección del tribunal anuló un juicio previo del juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, que había apoyado al medio de comunicación. Como resultado, El Mundo ahora está obligado a cubrir los gastos legales de ambos juicios tras la apelación lanzada por la codirectora y copresentadora del programa matutino La Hora de la 1 en Televisión Española. El fallo es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.

El incidente se remonta al año anterior cuando el periódico dirigido por Joaquín Manso, también demandado por Intxaurrondo, publicó un artículo el 4 de marzo titulado: "RTVE renovó a Silvia Intxaurrondo por 537.000 euros el mismo día de su intensa entrevista con Alberto Núñez Feijóo". La entrevista se emitió en vivo en La Hora de la 1 el 17 de julio de 2023, justo antes de la campaña electoral para el 23 de julio. El artículo afirmaba que Intxaurrondo recibió 25.000 euros por cada una de sus apariciones como copresentadora en los seis episodios del programa El Mejor de la Historia, información que fue objeto de otro informe por El Mundo el 9 de marzo, centrado en estos pagos. Después de solicitudes verbales a través de su esposo y una demanda formal de corrección, Intxaurrondo presentó una demanda ante el juzgado de primera instancia, que desestimó el caso y le ordenó pagar los honorarios legales.

El nuevo veredicto de la Audiencia Provincial ahora acepta la necesidad de corregir el artículo del 4 de marzo de 2024, instruyendo a El Mundo a publicar que "RTVE no finalizó la renovación de Silvia Intxaurrondo por 537.000 euros el día de su entrevista con Alberto Núñez Feijóo". La argumentación legal del tribunal explica que "el derecho a la rectificación se refiere a inexactitudes que afectan al demandante, cuya difusión podría perjudicarle, permitiendo al demandante que su versión de los hechos sea publicada por el mismo medio de comunicación, independientemente de la veracidad del informe original". El tribunal concluye, "La veracidad de los hechos divulgados es irrelevante para el derecho de rectificación, que no se basa en la falsedad de los hechos publicados, sino en permitir que la parte afectada presente su propio relato".

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