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La Propuesta de Vivienda del PSOE Podría Incrementar Dramáticamente los Impuestos en Todos los Tipos de Propiedades

Jun 3, 2025, 03:58

El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ha introducido una nueva propuesta de impuestos dirigida a los no residentes que compren bienes inmuebles en España, generando considerable incertidumbre y preocupación entre los profesionales inmobiliarios y expertos fiscales. Varias firmas legales han expresado sus aprensiones, citando el lenguaje vago de la propuesta en cuanto a la aplicabilidad y los tipos de propiedades involucradas. El documento sugiere que el impuesto podría afectar todas las categorías de propiedades, incluyendo activos comerciales e industriales, potencialmente impactando inversiones inmobiliarias no relacionadas.

Como parte de la iniciativa legislativa para promover alquileres de viviendas asequibles, el plan describe el establecimiento de un impuesto estatal complementario sobre la transferencia de bienes inmuebles a residentes no pertenecientes a la UE. Este gravamen cubriría "transferencias onerosas de propiedades dentro del territorio español" y "el establecimiento y transferencia de derechos reales sobre ellas", afectando a individuos que no sean residentes de la UE. La intención detrás de esta medida es duplicar el costo inicial de la propiedad mediante la imposición de un recargo del 100% sobre su valor.

José Suárez, socio fiscal de Pérez-Llorca, señaló que la propuesta carece de claridad sobre lo que constituye bienes inmuebles y si el gravamen se aplica a solo un tipo de propiedad. Él hace referencia a un adagio latino: "Donde la ley no hace distinción, nosotros tampoco deberíamos," implicando que el impuesto debería aplicarse a todos los tipos de propiedades — residenciales, comerciales o industriales — independientemente de su ubicación en zonas tensionadas.

El impuesto impactará transacciones sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), típicamente afectando propiedades de segunda mano en transacciones subsiguientes. Las propiedades nuevas, que incurren en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), no se ven afectadas. Los expertos notan que si una transferencia ocurre entre empresas, estaría sujeta al IVA y no al ITP, por lo tanto, exenta del nuevo impuesto en la mayoría de los casos. Para esta exención, la empresa necesitaría renunciar al IVA y posteriormente reclamarlo.

Raquel Jurado del Registro de Asesores Económicos Fiscales (REAF) reiteró que vender cualquier propiedad, ya sea una residencia, espacio comercial o terreno, siempre incurre en IVA o ITP. En el último caso, estaría sujeto al impuesto complementario. El borrador legislativo, continuó, refleja la estructura del ITP: "Las transacciones sujetas al ITP también necesitarán pagar el impuesto complementario," afirmó.

Ella proporciona el ejemplo de una "unidad económica autónoma" como un supermercado o gimnasio. "Cuando se vende un negocio como un todo, la transacción no está sujeta al IVA, pero si incluye bienes inmuebles, estaría gravada bajo el ITP y el impuesto complementario," explica.

Fuentes gubernamentales reconocen que esta interpretación proviene del lenguaje de la propuesta, pero mencionan la necesidad de más negociación en el Congreso, sugiriendo posibles cambios en la aplicación del impuesto.

Javier Seijo, socio de EY Abogados responsable de la fiscalidad inmobiliaria, destaca que la propuesta impacta todos los tipos de propiedades y cree que entra en conflicto con el IVA, lo que significa que las transacciones sujetas al IVA no se aplicarían al impuesto complementario.

"El problema surge con las transferencias de activos donde la distinción entre el IVA y el nuevo impuesto es compleja, o cuando se transfieren bienes inmuebles a través de una corporación," señala Seijo, agregando que esta complicación podría ocurrir cuando "se compra la corporación en lugar del activo, lo que plantea preguntas sobre si el uso de una corporación podría ser visto como manipulativo por las autoridades fiscales." Advierte, "Esperamos que el impuesto complementario no entre en vigor, ya que solo incrementaría disputas legales, infringiría la ley comunitaria, se opondría a la libertad de movimiento de capitales y sería confiscatorio."

Desde un punto de vista técnico, Pelayo Oraá de KPMG Abogados señala que el impuesto propuesto no está limitado a propiedades residenciales sino que se extiende a otros activos inmobiliarios como oficinas y propiedades comerciales. Sin embargo, añade, estas transacciones son menos propensas a ser gravadas bajo la medida complementaria ya que estos activos típicamente se adquieren a través de corporaciones españolas, así que no directamente por extranjeros. Además, si son adquiridos por residentes no pertenecientes a la UE, se aplica el IVA, que se espera sea incompatible con el nuevo impuesto.

Un socio de una firma de abogados internacional coincide en que el uso del término bienes inmuebles en la propuesta es engañoso, ya que también abarca derechos reales asociados con estas propiedades.

Un abogado de otra importante firma de abogados internacional argumenta que la propuesta del PSOE debería excluir no solo a residentes de la UE sino también a aquellos del Espacio Económico Europeo (EEE), incluyendo países no pertenecientes a la UE como Noruega, Islandia o Liechtenstein. Ella explica que el tratado del EEE ofrece las mismas libertades que la UE, lo que significa que la discriminación contra residentes del EEE no es permisible.

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